Extensión de plazo para implementar obligaciones de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias
El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció la extensión del plazo para implementar las obligaciones de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias. La nueva fecha límite será el 2 de enero de 2026, otorgando más tiempo a las instituciones y contribuyentes para adecuar sus sistemas y procesos.
¿Por qué se amplió el plazo?
Diversos actores, como marketplaces, proveedores de medios de pago electrónico y bancos, plantearon al SII las dificultades tecnológicas y operativas que enfrentan para cumplir oportunamente con la ley. Ante esto, el servicio decidió otorgar un margen adicional para la implementación.
Sistema simplificado para quienes deben formalizarse
El SII implementará un sistema simplificado de inicio de actividades, que permitirá a los contribuyentes:
- Iniciar actividades sin necesidad de adjuntar documentos.
- Cumplir en un solo lugar con sus principales obligaciones tributarias.
- Emisión de boletas de honorarios o boletas de ventas y servicios.
- Propuesta y pago de impuestos mensuales.
Además, los organismos sujetos a esta obligación podrán acceder a una interfaz de programación de aplicaciones (API), con la que podrán verificar en línea el estado de inicio de actividades de los contribuyentes con los que operan.
¿Quiénes deben exigir inicio de actividades?
La obligación de exigir el inicio de actividades recae en:
- Órganos de la Administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades, al otorgar autorizaciones para actividades económicas.
- Administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico.
- Operadores de plataformas digitales de intermediación (marketplaces), a quienes ofrecen productos o servicios a través de sus sistemas.
- Bancos comerciales, respecto de personas jurídicas que soliciten créditos o préstamos.
Nuevo plazo
El plazo original, fijado para el 1° de octubre de 2025, se extendió hasta el 2 de enero de 2026.
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