El día 20 de abril de 2021 se publicó la Ley N° 21.235 denominada “Ley de Migración y extranjería” que vino a reemplazar íntegramente el Decreto Ley N° 1.094 de 1.975, generando los siguientes cambios más relevantes en cuanto a; Ingreso y Egreso:
Deberá ser por pasos habilitados, con documentos de viaje (pasaporte, cédula, salvoconducto u otro documento de identidad análogo, válido y vigente) y siempre que no haya prohibiciones legales. Autorización previa o visa: No requerirán autorización previa o visa para el ingreso y estadía en Chile quien tenga un permiso de permanencia transitoria. En casos calificados se podrá exigir sobre ciertos extranjeros una autorización previa o visa otorgada por consulado en el exterior. Niños, niñas y adolescentes: Deberán ingresar acompañados por padre, madre, guardador o persona encargada del cuidado personal o con autorización escrita de ellos, de un tribunal o autoridad competente (legalizada y apostillada según el caso). Ingreso condicionado: Excepcionalmente por razones humanitarias se autorizará la entrada al país de extranjeros que no cumplan los requisitos legales para ello. Egreso de infractores: En caso de sanciones, los extranjeros deberán acreditar previo a su salida, haber dado cumplimiento a la respectiva sanción o que cuentan con autorización expresa para su egreso. Prohibición de egreso: No se permitirá la salida del país a extranjeros afectados con arraigo judicial o medida cautelar de prohibición, salvo autorización del tribunal respectivo. Prohibiciones imperativas de ingreso: Extranjeros con antecedentes delictuales, imputados o condenados; con enfermedades que la autoridad sanitaria considere un impedimento, extranjeros que intentan entrar o salir por paso no habilitado valiéndose de documentos falsos o adulterados, tengan resolución de prohibición de ingreso, no cumplan con requisitos de ingreso, hayan contravenido las normas fundamentales del derecho internacional. Prohibiciones facultativas de ingreso: Condena extranjera con más de 10 años de antigüedad para crimen o 5 para simple delito, antecedentes penales en INTERPOL, hayan sido expulsados en los últimos 5 años por hechos que la ley chilena sanciona con expulsión, realicen declaraciones o porten elementos que acreditan que el motivo de su viaje es distinto de aquel para el que obtuvo la visa o solicitó ingreso. |
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