INSTRUCTIVO FINIQUITO ELECTRÓNICO LABORAL

OBJETIVO:

El presente instructivo tiene como objetivo dar respuesta a la imposibilidad de otorgar finiquitos de trabajo ante la contingencia sanitaria que vive Chile desde el pasado 03 de marzo de 2020 a través de la entrega una guía paso a paso sobre la gestión y tramitación del denominado “Finiquito Electrónico Laboral” provisto por la Dirección del Trabajocomo documento que da cuenta del término del contrato de trabajo, de las obligaciones derivadas del mismo, del detalle de los pagos que corresponda efectuar con motivo de dicho término y de otros pactos relacionados con el mismo hecho.

METODOLOGÍA:

La Dirección del Trabajo, actuando como ministro de fe, ha puesto a disposición del empleador el denominado “Finiquito Laboral Electrónico” a través de la plataforma web “Portal MI DT” donde podrá certificarse no solo la identidad y el acuerdo existente entre las partes, sino que, además, que el pago de las obligaciones pendientes se haya realizado efectivamente.

El siguiente documento abarcará paso a paso la creación de este finiquito, su tramitación, la manera en que se dará curso a su ratificación por parte de la Dirección del Trabajo y la oportunidad de pago del empleador.

FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO:

PASO 1: INGRESO:

El usuario debe ingresar a www.direcciondeltrabajo.cl y seleccionar la opción MI DT (ubicada al costado derecho superior de la página web).

El sistema despliega el portal, en donde los usuarios (tanto empleador como trabajador) deben seleccionar la opción “Iniciar Sesión Clave única”.

El sistema desplegará el perfil correspondiente al usuario conectado al sistema, en donde se visualizará la opción de “Finiquito Laboral”.

Por defecto el portal despliega el perfil “Trabajador”, en caso de empleador, El Representante laboral electrónico[1], debe seleccionar el perfil “Empleador” para comenzar con el trámite.

La opción relativa al finiquito electrónico será según sea empleador o trabajador la siguiente:

En trámites y servicios indicará:

Empleador: Finiquito laboral electrónico. Elabore, otorgue y pague electrónicamente el finiquito laboral de sus trabajadores, quienes podrán aceptarlo y ratificarlo en este portal de la DT”.

Trabajador: “Finiquito laboral electrónico. Revise, ratifique y firme o rechace el finiquito laboral que el empleador le ha propuesto. Si lo ratifica y firma, el empleador podrá pagarlo electrónicamente en MI DT mediante transferencia a su cuenta bancaria”.

PASO 2: PROPUESTA DE FINIQUITO ELECTRÓNICO LABORAL-EMPLEADOR

Una vez que el empleador selecciona la opción “Finiquito laboral electrónico”, el sistema desplegará el formulario del Finiquito. En el caso que sea la primera vez que el empleador ingresa, se desplegarán a su vez los términos y condiciones asociados al sistema, en donde el empleador deberá leer y aceptar las condiciones.

Como consideraciones generales la Dirección del Trabajo:

El sistema de Finiquito Laboral Electrónico sólo aplica a trabajadores contratados a partir del 01 de enero de 2011.

En caso de finiquitos que no contengan pago (por no existir pagos pendientes), el formato de documento que se emitirá al respecto, una vez aceptado por el trabajador tendrá la denominación “Finiquito laboral con pago cero”.

Si habiendo elaborado y otorgado al trabajador la propuesta de finiquito, no realiza el pago electrónico dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que el trabajador aceptó la propuesta de finiquito, el formato de documento que se emitirá con la denominación “Acta de acuerdo por terminación de Contrato de Trabajo” (Acta que constituirá un título ejecutivo laboral que el trabajador tendrá derecho a cobrar ante el Juzgado de Cobranza Laboral y previsional)

Una vez que el empleador firme y envíe la propuesta de finiquito, la Dirección del Trabajo verificará ante los organismos y entidades correspondientes, por vía electrónica o en soporte de papel en su defecto, que se ha dado cumplimiento íntegro al pago de todas las cotizaciones previsionales (fondo de pensiones, salud y seguro de desempleo), hasta el último día del mes anterior al del término del contrato de trabajo. Excepto en los casos de terminación por aplicación de las causales de los números 1, 2 y 3 del artículo 159 del Código del Trabajo, esto es, Mutuo acuerdo, renuncia del trabajador o muerte del trabajador.

Si transcurren 10 días hábiles sin que el trabajador acepte, firme y ratifique la propuesta de finiquito, este quedará sin efecto. El empleador podrá efectuar nuevas propuestas cuantas veces sea necesario.

En caso de que la transferencia bancaria de pago de finiquito fuere rechazada (ya sea por errores de la plataforma, cuenta no vigente, etc.) el cobro se deberá realizar personalmente por el trabajador en una caja de Banco Estado si no supera los $2.999.999 (dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos) para lo cual deberá concurrir portando la cédula de identidad vigente. Si se supera dicho monto, se emitirá y enviará un cheque nominativo a nombre del trabajador al “Domicilio para envío de cheque” que se registre en el formulario de Finiquito que complete y firme el trabajador.

El empleador y trabajador recibirán comunicaciones y notificaciones en “MI DT” del estado de avance, etapas, pagos y actuaciones correspondientes al trámite electrónico.

PASO 3: FORMULARIO:

Para ingresar una propuesta de finiquito, el empleador debe seleccionar la opción “Ingreso de finiquito”.

El sistema desplegará el formulario de ingreso de propuesta de finiquito, momento en que deberá rellenar completamente el formulario. Es importante mencionar que la opción no permite guardar un borrador y si no se finaliza deberá ser ingresada nuevamente la información.

Se deberá ingresar un correo electrónico del trabajador, distinto al otorgado por el empleador, ya que se le comunicará la propuesta y todas las actuaciones a ese correo y al que la DT tenga registrado.

Si el empleador elabora y otorga el finiquito dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de terminación del contrato de trabajo, no se aplicarán reajustes ni intereses.

El finiquito no podrá ser otorgado con fecha futura.

Terminado el formulario, el empleador deberá presionar la opción “Firmar y enviar finiquito a revisión”. En caso de deuda previsional, el estado del finiquito pasará de “en revisión” a “Rechazo por deuda previsional”, dejando a disposición del trabajador y del empleador el archivo “comprobante de deuda”.

En caso de que no exista deuda, el sistema cambiará el estado a “Pendiente aceptación por el trabajador” y enviará un correo electrónico al trabajador y empleador indicando que el primero tiene una actuación en el portal MI DT.

PASO 4: RESPUESTA DEL TRABAJADOR:

Una vez que el empleador ingrese la propuesta de finiquito, el trabajador recibirá una notificación a su correo electrónico, indicando que tiene un trámite activado.

El trabajador ingresa a MI DT con su clave única[2] (cada acción que realice deberá ser con el ingreso por este medio) y selecciona la opción de Finiquito Laboral Electrónico, en donde se desplegará el registro de la propuesta de Finiquito ingresado por su empleador.

El trabajador debe seguir los siguientes pasos:

Seleccionar la acción “Propuesta de finiquito” para visualizar el archivo.

El sistema descarga automáticamente el archivo de propuesta de finiquito.

Una vez leída la propuesta, el trabajador deberá seleccionar el botón “Revisar propuesta”, ubicado en la columna “acción”.

El sistema desplegará la propuesta del finiquito resumida con la opción de “Aceptar” o “Rechazar” propuesta.

Para rechazar la propuesta, el trabajador debe seleccionar dicha opción y el sistema desplegará un campo para “describir motivo del rechazo”. El trabajador deberá ingresar el motivo y luego seleccionar rechazar.

El sistema enviará correo electrónico al empleador indicando que se realizó una acción en el portal MI DT. El sistema indicará para el empleador “Finiquito rechazado por el trabajador”, junto a un comprobante de rechazo.

Para aceptar la propuesta, el trabajador deberá seleccionar dicha opción. El sistema desplegará las opciones para ingresar domicilio para envío de cheque, correo de notificaciones (verificar o modificar) e información de pago electrónico.

Una vez ingresada la información aceptación, el sistema despliega la propuesta de finiquito cuando se selecciona la opción “ver para firmar”. Una vez allí se deberá seleccionar la opción “Ratificar y firmar”.

Terminada esta etapa, el empleador deberá descargar el comprobante de aceptación de finiquito e ingresar a la opción “portal de pago” para depositar el monto del finiquito; una vez pagado el estado cambiará a “Transferencia realizada por el empleador”.

Es importante considerar que Tesorería General de la República efectuará el pago al trabajador (una vez que el empleador haya depositado los dineros) en un plazo máximo de 2 días hábiles, cambiando la plataforma de MI DT a “depósito realizado en cuenta del trabajador”.


[1] Si no ha seleccionado representante laboral electrónico puede hacerlo a través de la página www.dt.gob.cl, ingresar a “MI DT/”Si usted es empleador” y autenticarse con el RUT de la empresa y la clave única de persona jurídica otorgada por el SII. Una vez dentro, ingresar RUT del representante que quiera inscribir y aceptar (guardar).

[2] Se obtiene en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación o de Chileatiende (https://claveunica.gob.cl/)

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