Plazos para notificar el despido

Plazos para notificar el despido

Al momento del término del contrato o de la relación laboral, la pregunta ¿qué causal invoco? Suele llevarse toda la atención. Sin embargo, lo cierto es que muchas veces la contingencia la da el ¿cuándo, cómo, y a quién notifico?

El Código del Trabajo ha fijado reglas concretas tanto sobre la comunicación del despido al trabajador, como también respecto a la notificación, envío y/o registro de aviso a la Dirección del Trabajo, como requisitos formales obligatorios para el despido.

Los plazos de notificación al trabajador y a la Dirección del trabajo varían según la causal legal:

Causal ¿a quién y dónde? ¿en qué plazo?
Vencimiento de plazo Debe notificarse al trabajador, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio actualizado señalado en su contrato de trabajo o documento anexo y, dar aviso a la Dirección del Trabajo, luego de la separación del trabajador. 3 días hábiles
Término de obra o faena 3 días hábiles
Fuerza mayor o caso fortuito 6 días hábiles
Faltas de probidad y/o vías de hecho

Acoso laboral y/o sexual

Injurias y/o Conducta inmoral

Negociaciones prohibidas

Ausencias injustificadas

Abandono y/o Conductas temerarias

Perjuicio material

Incumplimiento grave

3 días hábiles
Mutuo acuerdo

Fallecimiento del trabajador

No aplica No aplica
Renuncia voluntaria La norma establece que debe otorgarse un aviso en favor de la empresa, pero en la práctica salvo alta gerencia, no se aplica sanción o exigencia de este plazo 30 días de anticipación.

 

Al respecto, el Código prevé que errores u omisiones en estas comunicaciones (que no se relacionen con el pago íntegro de cotizaciones previsionales) no invalidan el término, pero sí exponen a sanciones administrativas.

El caso especial de necesidades de la empresa:

  1. Cuando el despido es con efecto inmediato: el plazo de notificación personal o envío de la carta de despido, así como el aviso a la Dirección del Trabajo, es de 3 días hábiles.
  2. Cuando el despido se da con un aviso de al menos 30 días: tanto el aviso al trabajador, como a la Dirección del Trabajo debe ser remitida con a lo menos 30 días de anticipación a la fecha efectiva del despido.

En CZ Abogados, nos especializamos en la asesoría preventiva y en la confección adecuada de estrategias y el cumplimiento efectivo de las formalidades asociadas al despido.

 

Contacto

Boris Campos S.
+(56 2) 289 99 389. Axo 100. Boris.campos@czabogados.cl
Oscar Donoso H.
+(56 2) 289 99 389. Axo 101. Oscar.donoso@czabogados.cl

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *