Despido injustificado
El despido injustificado constituye el tipo de reclamo clásico del ex trabajador; ejercicio legítimo de sus derechos que muchas veces es el resultado de fallas en el proceso de desvinculación. Ya sea porque se cometieron errores en la redacción de la carta de despido o se incumplieron sus requisitos legales o bien, no se identificaron correctamente los hechos cometidos con aquellos contemplados en el artículo 160 del Código del Trabajo o se les otorgó una gravedad mayor a la que la jurisprudencia ha determinado para los mismos hechos, entre otras posibilidades, lo recomendable es actuar con cautela y asesoría jurídica de abogado a fin de disminuir los riesgos de la empresa.
Sentencia del despido injustificado.
Cabe recordar que en el evento que la sentencia determine que el despido fue injustificado, el juez ordenará el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo y la Indemnización por años de servicio, esta última aumentada según las siguientes reglas:
• En un 30% por ciento, si se hubiere dado término por aplicación Improcedente del artículo 161
• En un 50%, si se hubiere dado término por aplicación injustificada de las causales del artículo 159 o no se hubiere invocado ninguna causa legal para dicho término
• En un 80%, si se hubiere dado término por aplicación indebida de las causales del artículo 160
• En un 100%, si se hubiese invocado las causales señaladas en los números 1, 5 y 6 del artículo 160 y el despido fuere además declarado carente de motivo plausible por el tribunal.
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