Indemnización voluntaria al trabajador como gasto aceptado
La Ley N° 21.210 estableció que las empresas pueden considerar gastos para fines tributarios, según el siguiente detalle:
El cambio clave: Antes de esta ley, las empresas solo podían deducir como gasto aquellos pagos acordados por escrito y realizados de manera uniforme. Sin embargo, ahora pueden considerarse como gasto y deducirse como tal, las remuneraciones e indemnizaciones pagadas voluntariamente a los trabajadores sin la necesidad de un acuerdo escrito y sin criterios uniformes, siempre y cuando se cumplan conjuntamente 2 requisitos:
1. Pago o Abono en Cuenta: Esto significa que el gasto debe ser real y estar registrado en la contabilidad de la empresa como una obligación de pago a favor del trabajador.
2. Retención o Pago de Impuestos: Los impuestos correspondientes deben ser retenidos y pagados al fisco antes de que la empresa pueda considerar estos pagos como gastos deducibles.
En este mismo sentido se pronunció el oficio N° 2594 de 28 de septiembre de 2021 del Servicio de Impuestos internos estableciendo como requisitos esenciales los ya mencionados.
¿Qué gastos se pueden considerar como aceptados con la Ley 21.210?
La ley establece que se pueden considerar como gasto:
– Asignaciones de movilización y alimentación
– Viáticos
– Gastos de representación
– Gratificaciones legales y contractuales
– Indemnizaciones y otros pagos similares que estén relacionados directamente con el trabajo de los empleados en la empresa.
– Los pagos voluntarios por estos conceptos también son aceptados como gasto siempre que se paguen y se retengan los impuestos correspondientes.
Impuestos sobre Indemnizaciones: Es importante destacar que cualquier indemnización que supere el promedio de lo ganado por el trabajador en los últimos 24 meses, estará sujeta a impuestos en el exceso, y la empresa debe retener estos impuestos y pagarlos al fisco antes de poder considerarlos como gastos deducibles.
En resumen, la Ley N° 21.210 trajo cambios importantes en cómo las empresas pueden considerar ciertos gastos para fines tributarios, permitiendo un mayor grado de flexibilidad en los pagos a los trabajadores, pero, es fundamental asegurarse de cumplir con los requisitos de pago y retención de impuestos para que estos gastos sean aceptados tributariamente. Si tienes más preguntas o necesitas asesoramiento específico, no dudes en consultarnos.
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