Ley 21.018. Familiares pueden demandar por accidentes del trabajo

La LEY NÚM. 21.018 publicada con fecha 20 de junio de 2017 remplaza la letra f del artículo 420 de Código del Trabajo por el siguiente: «f) los juicios iniciados por el propio trabajador o sus causahabientes, en que se pretenda hacer efectiva la responsabilidad contractual del empleador por los daños producidos como consecuencia de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. Respecto de la responsabilidad extracontractual se seguirán las reglas del artículo 69 de la ley Nº 16.744.”

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