Como anunciamos en mayo de este 2021, la Ley 21.327 de 30 de abril de 2021 que moderniza la Dirección del Trabajo, además establece la obligación de registrar digitalmente los contratos de trabajo y documentación laboral general entra en vigencia mañana 01 de octubre de 2021. Esto implica:
- Los empleadores deberán registrar cada contratación en la Dirección del Trabajo dentro de los 15 días siguientes a su celebración.
- En todo contrato se deberá incorporar la dirección de correo electrónico del empleador y trabajador, así como la alternativa de pago por transferencia bancaria.
- Regularizar las contrataciones celebradas antes del 01 de octubre de 2021 y que estén vigentes, registrándolas en el portal de la Dirección del Trabajo hasta el 29 de abril de 2022 y,
- Digitalizando toda la documentación laboral de cada trabajador, puesto que aún no se ha dictado el reglamento que define qué documentación específica será solicitada en las nuevas fiscalizaciones digitales.
Abogado: Oscar Donoso | Socio a cargo: Boris Campos
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