A través del dictamen N° 877/006 la Dirección del Trabajo creó el Libro de remuneraciones electrónico, también denominado “LRE” como equivalente al libro auxiliar de remuneraciones que toda empresa de 5 o más trabajadores debe tener. Este LRE no requiere timbraje del Servicio de Impuestos Internos y se ejecuta, cumpliendo la obligación legal de llevar este libro a través de registro electrónico habilitado por la Dirección del Trabajo.
Cabe hacer presente que la obligatoriedad de este registro digital es aplicable desde las remuneraciones del mes de octubre de 2021 y debe realizarse antes del día 15 del mes siguiente a aquel en que se verifica el pago de las remuneraciones. Además, los empleadores deberán declarar todas las remuneraciones del año 2020 para efectos de que la Dirección del Trabajo pueda verificar el cumplimiento del pago de prestaciones correspondientes a los trabajadores en dicho periodo.
Finalmente, importante mencionar que la Dirección del Trabajo en su página web ha habilitado un formulario para estos efectos y ha entregado un manual o instructivo en la forma en que dicho formulario debe ser llenado y presentado, desde ya les recomendamos familiarizarse con este manual para poder comenzar a llevar el registro electrónico dentro de los plazos correspondientes (https://static-content.api.dirtrab.cl/dt-docs/lre/lre_suplemento.pdf).
Abogado: Oscar Donoso | Socio a cargo: Boris Campos
Dejar un Comentario