Uso de Imágenes de Menores en Publicidad: Normativas y Buenas Prácticas

Uso de Imágenes de Menores en Publicidad: Normativas y Buenas Prácticas

Entre las prácticas comerciales, la publicidad generada mediante la utilización de imágenes es común e impulsa notablemente la venta de productos y servicios. Por otro lado, los derechos de la imagen de las personas deben respetarse, especialmente en el caso de los niños. Por lo tanto, se deben tomar las medidas para evitar posibles demandas y daños a la reputación de que podría ser objeto la empresa. Algunos de los requisitos legales clave son los siguientes

Ley de Protección de la Vida Privada (Ley 19.628)

  1. Consentimiento Informado: El uso de la imagen de menores de edad requiere el consentimiento expreso de sus padres o tutores legales.
  2. Protección de Datos Personales: Cualquier recolección y uso de datos personales, incluidos los datos de imagen, debe ser autorizado por los padres o tutores legales. Las empresas deben asegurarse de que estos datos se manejen con la máxima confidencialidad y protección.

Código Civil

  1. Capacidad para Consentir: Cualquier acuerdo relacionado con el uso  de la imagen de un menor de edad debe ser aprobado por sus representantes legales.

Convención sobre los Derechos del Niño

  1. Interés Superior del Niño: Cualquier uso de la imagen de un menor debe considerar su bienestar y no debe atentar contra su dignidad o derechos. Las empresas deben ser especialmente cuidadosas en este aspecto, garantizando que las imágenes utilizadas no perjudiquen de ninguna manera a los menores.

Normas para Establecimientos Educacionales

Las instituciones educativas también deben seguir normativas específicas respecto al uso de imágenes de menores. Las empresas que colaboren con estos establecimientos deben asegurarse de que se cumplan todas las regulaciones pertinentes.

Al momento de generar publicidad donde se utilicen imágenes de personas  y que no provengan de bancos de imágenes autorizadas, las empresas no pueden olvidar que existen derechos específicos que se deben respetar y, si estas imágenes pertenecen a menores de edad, la protección es aún mayor. Por lo tanto, es esencial que las empresas generen los contratos o autorizaciones necesarias para evitar eventuales demandas o daños reputacionales. Contáctenos hoy para revisar sus contratos y procedimientos, asegurando que su empresa esté protegida y cumpla con todas las leyes aplicables. Juntos, podemos evitar problemas legales y proteger la reputación de su empresa.

Contacto

Paulina Zamora V.

+(56 2) 289 99 389. Axo 102.

Paulina.zamora@czabogados.cl

Agenda con nuestro equipo en Agenda Reunión – CZ Abogados

 

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *